Al buscar una plaza en un ayuntamiento o diputación es habitual encontrarse con las siglas C1 y C2. No es solo una etiqueta administrativa: determina el nivel de titulación exigido, el tipo de funciones y, en general, el temario de la oposición.
Qué significan los grupos de clasificación
El Estatuto Básico del Empleado Público clasifica los cuerpos y escalas de funcionarios en grupos (A1, A2, B, C1, C2 y agrupaciones profesionales), según la titulación exigida para el ingreso. El grupo C1 exige título de Bachiller o Técnico (FP de grado medio); el C2 exige el título de Graduado en ESO. Esa diferencia de titulación es el criterio que separa, por ejemplo, la plaza de Administrativo (C1) de la de Auxiliar Administrativo (C2) en la mayoría de ayuntamientos.
Administrativo (C1): más responsabilidad, más temario
Las plazas de Administrativo suelen implicar tareas de tramitación de expedientes con mayor autonomía, redacción de propuestas e informes, y en muchos casos coordinación de tareas de auxiliares. El temario correspondiente es más extenso y suele incluir bloques específicos de gestión administrativa, además del bloque común de organización del Estado y la entidad local.
Auxiliar Administrativo (C2): la puerta de entrada más habitual
Las plazas de Auxiliar Administrativo se centran en tareas de apoyo administrativo: registro, atención al público, archivo, tramitación básica. Al exigir solo el título de ESO, suele ser la vía de acceso a la administración local con más convocatorias y más aspirantes por plaza, lo que hace especialmente importante la parte de test y ortografía/mecanografía cuando forma parte del proceso.
Revisa siempre la convocatoria concreta
Cada ayuntamiento puede matizar funciones, requisitos y ejercicios dentro de lo que permite la normativa general, así que la convocatoria concreta (con sus bases específicas) es siempre la referencia definitiva, por encima de cualquier resumen general como este.
