El presupuesto es la expresión cifrada de todo lo que el ayuntamiento prevé gastar e ingresar en un año. Es un tema que muchos opositores temen por su parte técnica, pero con una buena estructura se domina bien. La norma de referencia es el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004).

Qué es y qué incluye

Los presupuestos generales de las entidades locales constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer, y de los derechos que prevean liquidar durante el ejercicio, que coincide con el año natural. Incluyen el presupuesto de la propia entidad, los de sus organismos autónomos y los estados de previsión de las sociedades mercantiles de capital íntegramente local.

Elaboración y aprobación

La estructura

Los créditos se clasifican con criterios por programas (para qué se gasta), económico (en qué se gasta: personal, bienes corrientes, inversiones…) y, de forma potestativa, orgánico (quién gasta). La aplicación presupuestaria combina, como mínimo, las clasificaciones por programas y económica.

Las fases del gasto: A, D, O, P

En la práctica, algunas fases pueden acumularse en un solo acto (AD, ADO), lo que también suele preguntarse.

Sigue preparándote

Si tienes dudas sobre este tema, compártelas en nuestros foros o contacta con Soul’s Academy, tu academia de oposiciones en Elche.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *